
El fallecimiento de un ser querido supone un momento difícil, en el que además de la carga emocional es necesario realizar una serie de gestiones legales y administrativas. En este artículo te explicamos de forma clara y práctica cuáles son los primeros pasos que deben darse para iniciar la tramitación de una herencia en España.
1. 🪦Solicitar el certificado de defunción
Este es el primer documento imprescindible. Lo expide el Registro Civil del lugar donde haya fallecido el causante. Puede solicitarse presencialmente o a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia.
2. 🧾 Obtener el certificado de últimas voluntades
Una vez transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento, se puede solicitar el certificado de actos de última voluntad, que indica si la persona fallecida otorgó testamento y, en su caso, ante qué notario.
Para obtenerlo, se necesita:
- Certificado de defunción
- Modelo 790 cumplimentado y abonado
Este certificado es imprescindible para saber si hay testamento y ante qué notario puede solicitarse copia.
3. 📜 Solicitar copia autorizada del testamento
Si existe testamento, debe solicitarse una copia autorizada del mismo en la notaría correspondiente. En caso de que no exista testamento, será necesario tramitar una declaración de herederos abintestato.
Este trámite se realiza ante notario cuando los herederos son descendientes, ascendientes, cónyuge o hermanos del fallecido. En los demás casos, se tramita judicialmente.
4. 📂 Reunir la documentación y valorar el patrimonio
Es importante recopilar toda la información sobre el patrimonio del causante:
- Bienes inmuebles (títulos de propiedad, recibos de IBI, notas simples, etc.)
- Cuentas y productos bancarios
- Vehículos
- Seguros de vida
- Deudas pendientes
Con esta información, se elabora un cuaderno particional con el reparto de bienes entre los herederos, ya sea por acuerdo o conforme a las disposiciones legales o testamentarias.
5. 💰 Liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones
La herencia no puede aceptarse formalmente ni inscribirse en el Registro sin antes liquidar el Impuesto de Sucesiones, que debe presentarse en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento, aunque es posible solicitar una prórroga.
El impuesto varía en función del valor de la herencia, el grado de parentesco y la comunidad autónoma.
6. ✍️ Escritura de aceptación de herencia
Una vez abonado (o exento) el impuesto, puede firmarse ante notario la escritura de aceptación y adjudicación de herencia, que es el documento que permite inscribir los bienes a nombre de los herederos, cobrar saldos bancarios, vender inmuebles, etc.
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- Revisión y obtención de la documentación necesaria
- Asesoramiento legal y fiscal personalizado
- Elaboración del cuaderno particional
- Liquidación del Impuesto de Sucesiones
- Coordinación con notaría y Registro
- Gestión de seguros de vida, saldos bancarios y trámites ante entidades
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